Fundación Alem

La infancia no está al servicio de nadie

Opinión de la Fundación Alem respecto al derecho a la propia imagen y la protección de niñas, niños y adolescentes frente a su utilización política.

La utilización político-partidaria de alumnos y alumnas está siempre mal. Vulnera sus derechos, lesiona la democracia y afecta la formación ciudadana.

En estos días conocimos dos situaciones preocupantes: el formulario del Ministerio de Capital Humano para autorizar el uso de imágenes de estudiantes que participaron de un acto presidencial y la exposición de niñas y niños a expresiones de promoción política del gobernador de Formosa durante una actividad escolar.

El Ministerio de Capital Humano solicitó a las familias una autorización irrevocable para utilizar la imagen, voz y nombre de los estudiantes durante dos años en campañas publicitarias o de comunicación institucional. En cualquier medio, sin límites territoriales ni de reproducciones. El formulario permite, además, ceder el material a terceros y editarlo. Y exige renunciar a cualquier reclamo y al derecho de revocar la autorización.

El consentimiento no puede transformarse en una cesión ilimitada de derechos. El derecho a la propia imagen es un derecho personalísimo. Como tal, toda autorización debe interpretarse restrictivamente y es libremente revocable. En el marco jurídico argentino así lo establece el artículo 55 del Código Civil y Comercial.

El formulario del gobierno exige que los padres o tutores declaren ser los únicos titulares de los derechos sobre la imagen y la voz de sus hijos. Esta exigencia desconoce que se trata de derechos que pertenecen a las propias niñas, niños y adolescentes. Sus representantes legales pueden autorizar determinados usos, pero no atribuirse la titularidad de esos derechos ni renunciar a la posibilidad de revocar el consentimiento.

La Ley 25.326 exige que los datos personales sean adecuados, pertinentes y no excesivos respecto de la finalidad para la cual fueron obtenidos. Establece, además, que el consentimiento para su cesión es revocable. Tratándose de niñas, niños y adolescentes, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley 26.061 y el Código Civil y Comercial refuerzan la protección de su interés superior, dignidad, intimidad y su propia imagen. También establece su derecho a ser oídos.

En Formosa, una funcionaria provincial vinculó ante alumnos de una escuela primaria la entrega de recursos escolares con decisiones políticas del gobernador. Esto siempre es malo para la vida y la educación de los alumnos, pero mucho más en un momento en que la prioridad absoluta de la Argentina debe ser mejorar la educación. La escuela tiene que garantizar una educación orientada al desarrollo integral, la formación ciudadana y la convivencia democrática. Los derechos de niñas, niños y adolescentes no admiten una protección selectiva según el signo político de las autoridades involucradas.

Ningún presidente, ningún gobernador, nadie, puede utilizar las instituciones públicas para obtener provecho político de niñas y niños. Tampoco puede disponer arbitrariamente de sus imágenes y sus derechos. No hay mayor obligación que la de garantizarles un presente que los proteja y ampare, y un futuro en el que puedan desplegar sus talentos, capacidades y desarrollar una vida plena.